Esta en vigor desde el 28 de Abril de 2003, fecha en la que se aprobó la modificación del reglamento de Raid por la Comisión Delegada de la RFHE.
Transcribo literalmente la parte del articulo 825 del Reglamento de Raid que es el que habla de este tema
Artículo 825 - CATEGORÍAS, PARTICIPACIÓN Y CALIFICACIÓN DE JINETES Y CABALLOS
2.6.- A partir de la categoría de una estrella, los caballos que hayan participado en una competición (hayan finalizado la misma o no), no podrán participar en otra hasta transcurridos 21 días naturales contados a partir del día siguiente al de finalización del Raid precedente.
2.7.- Los caballos que sean eliminados por causas metabólicas en dos concursos sucesivos en un año o tres alternas en dos años, no podrán participar en competiciones durante el plazo mínimo de seis meses. Estos caballo perderán igualmente su categoría debiendo reiniciar su actividad deportiva de competición en concursos de la categoría inferior.
Fernando Carrillo