Curso Bienestar Animal Transporte

AGM1

Usuario nuevo
18 Agosto 2013
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Madrid-Cáceres
¿Sabeis dónde puede hacerse en Madrid el curso de bienestar animal en el transporte, obligatorio para el transporte de animales vivos? ¿Son presenciales o pueden hacerse online? Muchas gracias.
 
Hola, el Domingo cuando esté por casa te pasó el contacto de la empresa con quien lo he hecho yo online, te mandan luego el certificado de aptitud de la comunidad de Madrid.
El curso en sí es muuuuuuuuuu fácil y se hace en tres horas o así y a ratos claro.

saludos.
 
Hola, el Domingo cuando esté por casa te pasó el contacto de la empresa con quien lo he hecho yo online, te mandan luego el certificado de aptitud de la comunidad de Madrid.
El curso en sí es muuuuuuuuuu fácil y se hace en tres horas o así y a ratos claro.

saludos.

Hola! Podrías pasarme el contacto a mi también por favor??? Llevo un montón de tiempo buscando, pero no me fío mucho la verdad... Te lo agradecería muchísimo!!
 
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Hola, tengo algunas dudas sobre el tema.
-Si el caballo está a nombre de un familiar, se puede transportar por nosotros con un van a nombre del familiar? (sin ir él en el vehículo)
-Si dos amigos alquilan un van de dos plazas, pueden transportar sus dos caballos?, o necesitan un van cada uno? uno por cada cea...
-Sirve con que en el vehículo viaje alguien que disponga del curso, aunque no sea el conductor ni el titular de ninguno de los animales?

Gracias y un saludo.
 
Última edición:
Trato de contestar a tus tres preguntas, Pikachu, con la legislación en la mano.

En tu Comunidad Autónoma, Asturias, este se rige por la RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2007, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se establece la homologación de cursos y la acreditación de formación en materia de bienestar animal.

En esa disposición dice que será exigible la formación (el certificado de haber hecho el curso) a "los conductores y cuidadores durante el transporte de ganado vivo, según lo establecido por Reglamento (CE) 1/2005, de 22 de diciembre de 2004". También dice que no será de aplicación a"los transportes de ganado vivo cuando el ganadero transporte sus propios animales con sus propios medios a una distancia inferior a 50 kilómetros desde su explotación".

Primera conclusión:
Si transportas un caballo de tu propiedad, dentro de Asturias, en tu coche, con tu van y a menos de 50 Km, no necesitas el certificado de haber superado el curso de bienestar.

Como verás, la disposición hace referencia a otra, de la CE, que es la norma básica que ha servido para que cada Comunidad haya redactado las suyas. Y esa norma básica creo que puede ayudar a resolver las tres dudas que planteas.

El Reglamento (CE) 1/2005 dice:

Art. 6.4. "Los transportistas confiarán la manipulación de los animales al personal que haya seguido una formación en relación con las disposiciones pertinentes de los anexos I y II." (A estas persones, en el capítulo de definiciones, las denomina "cuidadores").

Art. 6.5. "Únicamente podrán ser conductores o cuidadores en un vehículo de carretera destinado al transporte de équidos domésticos, de animales domésticos de las especies bovina, ovina, caprina y porcina o de aves de corral, las personas que hayan obtenido un certificado de competencia de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 17. Cuando se realice el transporte de animales, se pondrá a disposición de la autoridad competente dicho certificado de competencia".

Contestando a tus preguntas:

Si el caballo está a nombre de un familiar y el van está a nombre de ese familiar, tú no eres ni el propietario del caballo ni del medio en el que se transporta, por lo que no estás exento de llevar el certificado del curso de bienestar, aunque vayas a menos de 50 km (Esto, en Asturias).

Los dos caballos, con CEA distinto, pueden viajar en el mismo van, pero en el coche tiene que ir una persona con el certificado de haber hecho el curso.

Basta con que en el vehículo vaya una persona con el certificado, aunque no sea el conductor ni el propietario de los animales. Esta persona sería lo que el reglamento de la CE denomina "cuidador" y el responsable de que el transporte se realice con las adecuadas garantías de bienestar para los caballos.

Siento el rollo, pero no he sido capaz de sintetizarlo más. Espero al menos haberte sacado de dudas.
 
Gracias AGM1, si que me sirvió tu aportación, aunque lo que más me afecta y no tengo muy claro, es el hecho de que, al parecer, cada van está identificado unívocamente con el cea, de tal forma que según me comentan, no se puede prestar el van, ni transportar en un van caballos que no estén inscritos al mismo nombre que el van.
Sí que se puede conducir el coche, pero tendría que venir el titular del caballo/van, en el vehículo, a no ser que sea familiar directo, en cuyo caso lo hay que demostrar.

Creo que todo esto viene, según dicen , para evitar el trasporte ilegal, ya que había mucha gente que tenía van y hacía portes "bajo manga" , a conocidos y amiguetes (cobrando algo), o tambien alquilaban el van clandestínamente....de esta forma lo quieren limitar, para que una de dos, o tengas van a tu nombre o pagues a un transportista.

No voy a entrar a discutir si me parece absurda o no la normativa, el caso es que quería enganchar un van (que no es mio), y llevar mi caballo y el de un amigo (que tampoco es el dueño del van), él tiene e curso, pero los caballos de ambos no están a nuestro nombre, si no al de un familiar muy directo (por tema de cea)...

El caso es que tengo miedo de que nos tomen por transportistas encubiertos y nos metan en guantánamo.....;)
En caso de ser van alquilado, sí me serviría para llevar uno, el que esté como titular del alquiler, pero el otro??? quizá no , porque entonces podría alquilar un van y estar todo el día haciendo portes "ilegales" a caballos ajenos....
Tambien pensé en alquila a nombre de los dos... para dar a entender que es para un uso particular pero a la vez compartido....pero no se si se podrá.


Preguntaré en la conserjería a ver que me dicen y lo pondré aquí...

Gracias y un saludo.
 
Última edición:
Los dos caballos estan a nombre de la misma persona? y es muy directa? o entendi mal? porque en ese caso ya seria mas facil.

Cuando das de alta el van te dejan poner solo tres conductores por asi decirlo (y ya te dicen tambien el tipo de animal que puedes llevar tambien), que es por lo que te pueden poner pegas.

De todas formas yo miraria mas que nada las MMA, del coche y del remolque porque es lo primerito que te van a mirar y como querais ir a algo tipo raid o ruta a la que vaya mucha gente se suelen poner siempre a parar a todos los remolques. Y eso es lo primero.

Si no vais a ninguna cosa de esas posiblemente solo os miren eso sin preocuparse de lo que llevais dentro, porque con mirar eso ya casi tienen 500e y 4 puntos ya que por lo general nadie va por las MMA en regla....

aver que te dicen en conserjeria.
 
Si, pues me estuve enterando bastante bien y la cosa pinta mal...

Primero, como dices, por las MMA, mi coche puede remolcar mucho porque tara casi dos toneladas, pero tiene una MMA de 2.600 kg., con lo cual, con un remolque de MMA 900 kg ya llega a un conjunto de 3.500 kg (lo máximo con el carnet B), o lo que es lo mismo, no puedo remolcar un carro para dos caballos, a no ser que saque el B96 o el B+E, hasta entonces tendría que conformarme con llevar uno de un caballo, que suelen venir con MMA 750 kg.

Segundo porque con los van solo se puede transportar caballos que sean propieddad del titular del van, o familiares directos (padres, hermanos, hijos), y para de contar (tios no valen:p), esto es de risa... se supone que es por sospecha de estar haciendo una actividad económica... no me lo puedo creer, es como si prohiben llevar a un amigo en el coche, por si le cobras y obligan a que vaya en su coche y si no tiene, en un taxi.... cuando se vio esto??

Tercero porque, al parecer, a los remolques propiedad de las empresas de alquiler de vans, el principado no les da la autorización de transporte de animales, con lo cual son meros remolques de carga con forma de vans, y si te paran te crujen por transportar en un remolque sin autorización...
Solo autorizan los remolques cuyo titular es directamente una explotación, para evitar que alguien pueda alquilar van y hacer portes...

No se que base jurídica tiene toda esta normativa y si se ajusta a derecho, por si en caso de pleito pudiera ganarse el recurso...... pero no tengo ganas de averiguarlo.. así que nos queda sacar carnet para remolque grande + comprar un remolque, ya puestos grande, de MMA casi 2.000 kg. (a nombre del familiar que tiene el cea) + sacar el curso de bienestar.... o sea que la broma andará por los 4.000 €, o lo que es lo mismo, paso olimpicamente de remolcar caballos.... ;)
 
Esto de que cada comunidad autónoma tenga sus leyes es un verdadero dolor de cabeza. En la Comunidad Valenciana, hace años, tuvimos que darnos de alta como transportistas todos los que tenemos remolque para llevar animales, hasta los que tienen un remolque para llevar a los perros a cazar. Tuvimos que declarar el van, lo bueno es que hicimos un documento en el que se ponían los conductores autorizados a llevarlo, y pusimos a todos los amigos (menos mal que no hemos perdido la amistad con nadie, ja jaja). Fue un papeleo horrible pero al menos las gestiones y la licencia de transporte eran gratuitos.

Hace poco me contaba un caso de uno que se quería comprar un caballo PRE en Andalucía para llevárselo a centroeuropa. Le pidieron tanta documentación (de la CA Andaluza, de Murcia, de la comunidad valenciana, de Cataluña etc etc) que al final se lo compró en Estados Unidos y se lo llevaron en avión a su ciudad directamente.
 
Casey te doy toda la razón, es un auténtico caos...

Estuve hace poco en una conferencia del economista Gay de Liébana y me hizo mucha gracia la referencia que usó sobre este tema (la apabullante incongruencia de leyes entre comunidades autónomas, y es idéntico al caso que expones al final) Afirmó que era más fácil traerse un caballo desde Texas en avión que trasladar un caballo desde Sevilla a Barcelona… Pensaba que exageraba pero ya veo que no!
 
¿Sabeis dónde puede hacerse en Madrid el curso de bienestar animal en el transporte, obligatorio para el transporte de animales vivos? ¿Son presenciales o pueden hacerse online? Muchas gracias.

Buenos días, os dejo información sobre curso BIENESTAR ANIMAL EN EL TRANSPORTE, MODALIDAD ON LINE. Estoy a vuestra disposición para cualquier duda o información. Un saludo! cartel bienestar animal.jpg
 
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