Artículo 257 Equipo de Montar
1. En la pista de competición:
1.1. Está prohibido el uso de anteojeras
1.2. Se autorizan las martingalas de anillas sin sistema de fijación (tijerillas).
Las martingalas fijas están autorizadas en las pruebas de alevines e infantiles en pruebas con
una altura máxima de 1,20 m.
1.3. No hay restricciones para las embocaduras. No obstante, el Jurado, bajo el informe
veterinario tiene derecho de prohibir una embocadura que pueda herir o lesionar al caballo.
1.4. Se autoriza el uso de piel de borrego en cada carrillera de la cabezada, siempre que no
exceda de 3 cm. de diámetro, medido desde la cara del caballo.
1.5. El uso de una correa para atar la lengua está prohibido.
1.6. Las riendas alemanas están prohibidas en la pista de competición, excepto en ceremonias
de entrega de premios y desfiles.
1.7. Con independencia de lo anterior los participantes con LDN categoría Juvenil o superior
están autorizados a utilizar riendas auxiliares o martingalas, que no supongan acto de abuso o
maltrato para los caballos, en todos los CSN, en pruebas de hasta 1,30 m.
2. En cualquier parte del recinto de competición:
2.1. Por razones de seguridad, las aciones y los estribos (esto también se aplica al estribo de
seguridad) deben colgar en libertad del enganche de la silla y del exterior del faldón. Cualquier
otro método de fijación no será admitido. El jinete no puede atar directa o indirectamente una
parte de su cuerpo a la silla.
2.2. Los participantes podrán utilizar una fusta de doma cuando están trabajando en una pista
sin obstáculos, pero está estrictamente prohibido el llevar o emplear una fusta cuya longitud
exceda de los 75 cm. o con peso en su extremo, ya sea en la pista, en la de ensayo, de
calentamiento, pasando barras o cualquier otro obstáculo. No puede llevarse ningún
sustitutivo de la fusta.
2.3. Los protectores no pueden contener ningún material destinado a incrementar el peso de
los mismos. El peso máximo que puede llevar un caballo en cada una de sus manos o sus pies
es de 500 gramos (uno o más protectores, aros para los menudillos, campanas, etc.) excepción
hecha de la herradura. No cumplir esta norma conlleva descalificación.
http://www.rfhe.com/media/32859/reglamento de saltos 2012 rev 3 feb.pdf