enibas dijo:pero una hipica particular da un servicio al publico NO ES PUBLICA, reina el dueño.
Anna y Sabine
Si un establecimiento ofrece servicios al público ES PUBLICO y debe atenerse a la normativa y legislación vigente. Debe mantener los precios y la condiciones en lugar visible y debe tener dada de alta las instalaciones en los diferentes centros administrativos (LOCALES, COMUNIDAD Y ESTATALES) y contar con las licencias oportunas. Debe tener hojas de reclamación disposición de los clientes.
Se puede, sin ningún problema, cobrar dos tarifas diferenciadas a clientes habituales (pupilaje) o esporádicos (visitantes con o sin caballo)y establecer las normas interbnas de funcionamiento.
Si son clubs privados la cosa es diferente.
Solo son comentarios sueltos pero si alguien está interesado podemos profundizar.