En marzo y abril la norma es que no se podía ir a las hípicas, no digo que no hubiese alguna excepción, quizás un tratamiento veterinario específico podía colar, no sé, pero, en principio, sólo las personas que trabajaban en las hípicas podían mover a los caballos y éstas permanecían cerradas de cara a los clientes.
Porque necesitar todos lo caballos necesitaban moverse, más evidentemente los estabulados que los que vivían en libertad.
Y sobre la pregunta pues no creo que puedas ir a montar a otro municipio si el tuyo o el otro está semiconfinado pero tendrás que leerte la Orden de la Consejería que lo regule